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“Liquidaciones” de Lorenzo Córdova y consejeros del INE son ilegales: Pablo Gómez

Las "liquidaciones" de Lorenzo Córdova, Ciro Murayama, José Roberto Ruiz Saldaña y Adriana Margarita Favela Herrera, consejeros salientes del Instituto Nacional Electoral (INE), no están asignadas por ley, decreto o contrato: UIF (Presidencia)

El titular de la UIF consideró que las compensaciones que obtendrán Lorenzo Córdova, Ciro Murayama y otros dos consejeros no están asignadas por ley, decreto o contrato.

Pablo Gómez, titular de la Unidad de Inteligencia Financiera (UIF) de la Secretaría de Hacienda, aseguró que las «liquidaciones» de Lorenzo Córdova, Ciro Murayama, José Roberto Ruiz Saldaña y Adriana Margarita Favela Herrera, consejeros salientes del Instituto Nacional Electoral (INE), no están asignadas por ley, decreto o contrato.

El jueves, el INE informó que, al dejar el cargo, el consejero presidente Lorenzo Córdova, recibirá 1 millón 934 mil pesos solo por concepto de “compensación”, mientras que los otros consejeros, quienes también dejarán su puesto, cobrarán un millón 663 mil pesos cada uno.

El órgano electoral detalló que estos pagos están subscritos en la Compensación por Terminación de la Relación Laboral (CTRL), y son una cantidad extra a la correspondiente a las liquidaciones, las cuales “son comunes en el sistema laboral mexicano” y que, de acuerdo al artículo 582 del Manual de Normas Administrativas del Instituto, son tomadas en cuenta a partir de tres meses de salario más veinte días por cada año de servicio.

“Todo pago ilegal es un delito”, dijo, sin embargo, Pablo Gómez, uno de los artífices de la reforma constitucional en materia electoral que no fue aprobada en el Congreso a fines del año pasado, y por lo cual el Ejecutivo optó por el llamado “Plan B”.

“Las ‘liquidaciones’ de los integrantes del Consejo General en el INE no están asignadas por ley, decreto o contrato. Las condiciones generales de trabajo del personal no abarcan a los consejeros y consejeras. Todo pago ilegal es un delito”, publicó el titular de la UIF en su cuenta de Twitter.

En un segundo tuit transcribió el artículo constitucional al que refirió:

“ART. 127 CONSTITUCIONAL: «No se concederán ni cubrirán… haberes de retiro, ni liquidaciones por servicios prestados…, sin que… se encuentren asignadas por la ley, decreto legislativo, contrato colectivo o condiciones generales de trabajo».

Proceso
Ciudad de México
Domingo 19 de marzo de 2023.

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