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Cadena de manipulaciones y omisiones en el accidente de los Moreno Valle rebasa lo legal: Abogado

Piloto de los Moreno Valle presentaba intoxicación por monóxido de carbono al momento del percanceEl helicóptero siniestrado en 2018. Foto: Eduardo Miranda

• Piloto de los Moreno Valle presentaba intoxicación por monóxido de carbono al momento del percance

• Lo que ha hecho hasta ahora la Fiscalía de Puebla solo es “fusilarse” el informe de la SCT, sin llevar a cabo ninguna diligencia propia que demuestre que la supuesta avería en los actuadores, realmente ocurrió y fue la causa de la caída del helicóptero: Abogado

• Las investigaciones en torno a la causa del desplome de la aeronave no se agotaron y dejaron sin tomar en cuenta otros elementos que pueden ser de relevancia.

El abogado que lleva la defensa del mecánico Ricardo Montiel, uno de los detenidos por este caso, dijo que, según las autopsias incluidas en el expediente, ninguna de las otras cuatro personas que murieron, incluyendo el copiloto, Marco Antonio Tavera Romero, registra esa misma intoxicación.La autopsia practicada a Roberto Coppe Obregón, piloto del helicóptero en el que fallecieron la gobernadora Martha Erika Alonso y el senador Rafael Moreno Valle, revela que al momento del percance sufría una intoxicación por la presencia en su sangre de un 30% de monóxido de carbono.

Gilberto Vladimir Montalvo, abogado que lleva la defensa del mecánico Ricardo Montiel, señaló que este es uno de varios elementos que no fueron abordados en el peritaje que llevó a cabo la Secretaría de Comunicaciones y Transportes (SCT) para determinar las causas de la caída del helicóptero ocurrida el 24 de diciembre de 2018 en terrenos de cultivo de Santa María Coronango.

Dijo que, al revisar el expediente del caso, han encontrado que la autopsia practicada a Coppe dice que estaba intoxicado por monóxido de carbono, lo que, presume, pudo deberse a que estuvo inhalando por un tiempo prolongado los gases emitidos por la aeronave o algún otro motor.

“Una persona con 30 por ciento de monóxido de carbono en la sangre se puede desmayar, puede tener alucinaciones, puede pasar un montón de cosas y eso tampoco lo pusieron en el informe de la SCT”, comentó el abogado.

Aclaró que, según las autopsias incluidas en el expediente, ninguna de las otras cuatro personas que murieron, incluyendo el copiloto, Marco Antonio Tavera Romero, registra esa misma intoxicación.

Las investigaciones en torno a esto, reconoció Montalvo, difícilmente podrían ampliarse ahora debido a que los cinco cuerpos fueron cremados cuando aún no transcurrían ni 24 horas del percance, lo cual, recalcó, fue ilegal.

Sin embargo, para el caso de la defensa del mecánico Ricardo Montiel y de los otros detenidos acusados por homicidio culposo, daño en propiedad ajena y falsedad de declaración, esto demuestra que las investigaciones en torno a la causa del desplome de la aeronave no se agotaron y dejaron sin tomar en cuenta este y otros elementos que pueden ser de relevancia.

Hasta la fecha, refirió el defensor, la Fiscalía General del Estado de Puebla (FGEP) ha basado sus imputaciones contra 12 personas –nueve de las cuales ya están detenidas- exclusivamente en el peritaje que presentó -el 27 de marzo de 2020- la Agencia Federal de Aviación Civil (AFAC) de la SCT.

Pero insistió en que ese documento es sólo un informe que en su mismo texto aclara que no tiene un valor punitivo y que además presenta irregularidades pues da como causa probable del accidente una falla simultánea en los dos actuadores del helicóptero que, de acuerdo a expertos en aeronáutica, nunca se ha presentado en la historia de la aviación mundial y que sería más bien “una causa improbable”.

Aparte de esto, los defensores del propietario y de cinco trabajadores del taller Rotor Flight Service, han advertido que el juez no debió aceptar como prueba ese peritaje, pues no está fechado, ni firmado por los supuestos peritos internacionales que se supone participaron, por lo que no reúne los requisitos que establece el Código de Procedimientos Penales para ser valorado en juicio.

Óscar Sánchez Terrones, también del despacho Montalvo y Terrones, explicó que lo que ha hecho hasta ahora la Fiscalía equivale a solo “fusilarse” el informe de la SCT, sin llevar a cabo ninguna diligencia propia que demuestre que la supuesta avería en los actuadores, realmente ocurrió y fue la causa de la caída del helicóptero.

Los abogados mencionaron que la Fiscalía estatal ni siquiera cuenta con peritos certificados en aeronáutica que puedan demostrar que realmente hubo un corto circuito simultáneo en ambos actuadores, que esta falla fue en el mismo sentido de retracción o de extensión y en el mismo eje de cabeceo o albaceo, como serían las condiciones que expone la SCT en su informe.

Además, tendrían que probar que esta avería estuvo combinada con un exceso de velocidad de la aeronave y con una falta de pericia del piloto, que son dos condiciones simultáneas indispensables para que realmente esa fuera la causa de la caída del helicóptero.

Pero, indicó que aún si esta “causa improbable” se hubiera presentado, los encargados del mantenimiento de la aeronave sólo tendrían que ver con la falla intermitente que presentaba uno de los actuadores y que, por sí sola, afectaba por desviar de manera ligera el rumbo de la aeronave únicamente cuando se conectaba el piloto automático.

Tan no era considerada grave esa falla que, de acuerdo con las bitácoras de vuelo del Agusta 109S matrícula XA-BON, después de que fue reportada por el taller a la empresa Servicios Aéreos del Altiplano, diferentes pilotos no tuvieron objeción en hacer 53 vuelos en ese helicóptero, previos a que se desplomara

Otra causa

Montalvo también refirió que otra de las cosas que no se investigaron fue que los testigos de la caída del helicóptero mencionan, incluso en el mismo informe de la SCT que está en internet, que escucharon un ruido “como si se apagara el motor”.

Esto si coincide, agregó, con el dictamen que emitió Ian James Foord, ajustador contratado por la compañía de seguros Global Aerospace para verificar la causa del desplome del helicóptero.

Este perito concluyó una causa diferente a la que expone el peritaje de la SCT, pues consideró que el desplome del helicóptero se debió a una pérdida de potencia del motor, que el piloto no pudo recuperar o no maniobró de manera correcta.

“¿Cómo determinó eso este perito? Porque las palas de ataque del rotor principal, no están tan dañadas, incluso no se desprendieron tres palas, sólo una pala quedó muy dañada, lo que quiere decir que no iba tan rápido, no iba con suficiente velocidad, lo que indicaría una falta de potencia del motor. Pero esa teoría jamás se investigó”, explicó.

El abogado expuso que ese tipo de pérdidas de potencia pueden considerarse normales en las aeronaves y que los pilotos deben saber recuperarlas, aunque en este caso habría que tomar en cuenta la intoxicación que presentaba Coppe.

En la carpeta de investigación 19766/2018, llevada por la Unidad de Investigación Especializada en Homicidios de la Fiscalía, se incluye el dictamen final elaborado por el perito de Aviation Adjusters, Ian James Foord.

Ese dictamen, que concluye como causa probable del accidente “un error del piloto”, precisa:

“Creemos que hubo una falla de potencia y los pilotos no bajaron el colectivo (aeronave) suficientemente rápido, por lo tanto, las RPMs (revoluciones por minuto) del rotor decayeron a medida que descendían al suelo. La razón de la falla de potencia puede ser difícil de descubrir, ya que los datos de la unidad de control de combustible (DADEC) fueron ciertamente destruidos por el fuego”.

Otra de las causas que no se ha investigado, según otras fuentes, es la falta de una pieza que nunca fue localizada entre las partes que se recuperaron del helicóptero.

En tanto, Antonio N, propietario del taller, y cuatro de sus trabajadores, Ricardo, Miguel, Israel, Magadalena e Iris Cristina, están encarcelados en los penales de San Miguel y Huejotzingo, mientras que los tres ejecutivos de Servicios Aéreos del Altiplano siguen el proceso en libertad luego de que obtuvieron amparos y la Fiscalía no pidió para ellos medidas cautelares.

En el caso de César Rodrigo N, el juez impuso sólo una fianza de 10 mil pesos y la obligación de acudir a firmar cada ocho días, para Rafael Torre N (hijo del propietario del helicóptero), pidió una garantía de 30 mil pesos y firmar cada mes, mientras que para José Alonso, Director de Operaciones de SAASA, no se impuso ninguna medida.

Proceso
Gabriela Hernández
Ciudad de Puebla, Mx.
Martes 15 de junio de 2021.

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