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¿Hay abuso de amparos (80 mil rezagados)?

Roberto Fuentes Vivar

Existen al menos dos quejas por cada juzgador

A raíz de que un juez otorgó un amparo para frenar la Reforma Eléctrica (propuesta por el Poder Ejecutivo emanado del voto) y aprobada por el Poder Legislativo (representante del pueblo por medio del sufragio), se ha desatado un intenso debate sobre la división de Poderes.

Personalmente creo que el asunto de fondo no es si existe o no la división de Poderes, sino la legitimidad del Poder Judicial y lo que está en juego es un verdadero choque de poderes, pero no entre el Poder Judicial y los poderes Legislativo y Ejecutivo, sino entre el Estado y el Poder Económico que, a través del Poder Judicial, intenta mantener “su” estado de Derecho.

Por ese debate me dispuse a hacer una investigación periodística sumarísima, sobre el amparo (del cual creo que se ha abusado, pues existen, por ejemplo, casos para que presos puedan tener revistas pornográficas) y acerca del Poder Judicial, en donde encontré, por ejemplo, que existen dos quejas en promedio, por cada juez o magistrado. La numeralia la expongo más abajo.

Pero antes de entrar en los números (que siempre tienen algún significado) vale la pena abordar la filosofía del amparo. Leí varias semblanzas y documentos de Manuel Crescencio Rejón, el padre del amparo (por cierto, nadie conoce su fisionomía y sus estatuas o retratos pueden ser aproximados o definitivamente mentirosos) y su aporte al derecho mundial.

En síntesis, la filosofía del amparo (cuando fue planteado por primera vez en la primera mitad del siglo XIX) era proteger los derechos humanos y las garantías individuales de los ciudadanos en contra de los abusos del Gobierno y del Estado en su concepto amplio.

Incluso, Felipe Calderón, en 2011, cuando se promulgó la reforma constitucional en materia de amparo, dijo que esa reforma evitaría que esta herramienta (el amparo) sea utilizada como refugio para evadir o dilatar la aplicación de la justicia y, en cambio, señalaba, se amplía la protección de garantías, sobre todo en materia de derechos humanos.

Dos años más tarde, en 2013, el presidente Enrique Peña Nieto promulgaba “la nueva Ley de Amparo”, la cual, decía, “evitará casos de abuso de garantías de cualquier figura de autoridad, no solo del Estado” y añadía: “con las modificaciones se atenderá el interés legítimo de la persona afectada, y no necesariamente el interés jurídico, como hasta ahora se hacía, por lo que cualquier particular podrá buscar un amparo contra lo que considere violaciones de garantías (por parte) de empresas, dependencias y funcionarios”.

Como puede observarse, Rejón, Calderón y Peña Nieto daban al amparo un valor protector de los derechos humanos y de las garantías individuales. Incluso hasta el expresidente mexiquense exponía que los ciudadanos podrían ampararse contra empresas. Pero ninguno de los tres hablaba de que el amparo era una herramienta de las empresas para salvaguardar sus intereses, como sucede con el amparo otorgado hace unos días contra la Ley Eléctrica.

Si se analiza este amparo (y los otros más que ya se han dado a conocer) resulta que nada tienen que ver con la filosofía de Manuel Crescencio Rejón, de proteger los derechos humanos de los ciudadanos, sino con un estado de derecho para proteger a empresas (es decir al Poder Económico), con el apoyo del Poder Judicial.

Pero fuera de estas deliberaciones (no de un jurista, sino de un periodista que poco entiende de leyes, aunque sí un poco de filosofía), a continuación, expongo algunos datos recabados principalmente de las estadísticas del Consejo de la Judicatura Federal y del Censo Nacional de Impartición de Justicia Federal (CNIJF) 2020, elaborado por el Instituto Nacional de Estadística y Geografía (INEGI):

500 mil amparos al año

En los Tribunales Colegiados de Distrito (TCD) ingresan al mes en promedio 16 mil juicios de amparo directo, lo que significa que al año reciben alrededor de 180 mil casos, a los que se suma un rezago de 80 mil expedientes.

En los Tribunales Unitarios de Circuito ingresan mensualmente unos 350 juicios de amparo indirecto; es decir aproximadamente cuatro mil al año, aunque hay un rezago de 800 casos.

En los juzgados de Distrito ingresan al mes en promedio 40 mil casos, que da un equivalente a casi 500 mil al año, además de existir un rezago de 88 mil expedientes de amparo indirecto.

En la Suprema Corte ingresan al año alrededor de 13 mil casos de amparo, divididos en tres rubros: amparo directo en revisión, amparo en revisión y amparo directo.

En el máximo tribunal de la justicia mexicana (La SCJN) 84.9 por ciento de los amparos directos a revisión se resolvió sin sentencia, lo mismo 65.3 por ciento de los amparos indirectos a revisión. Sobre el tipo de resolución, 76 5 por ciento de los amparos directos en revisión se resolvieron mayormente sin sentencia, por desechamiento.

En un año, se registraron en los Tribunales Colegiados de Circuito, Tribunales Unitarios de Circuito, Juzgados de Distrito y Centros de Justicia Penal Federal, un millón 174 mil 386 asuntos ingresados en todas las materias, mientras que la cantidad de asuntos resueltos fue de un millón 147 mil 988.

Al cierre de 2019 (última fecha analizada por el INEGI) el Poder Judicial de la Federación tenía mil 370 órganos jurisdiccionales y administrativos. En 2010 solo había 681, lo que significa que se duplicaron en 10 años.

En el mismo periodo se identificó a un total de 47 mil 123 servidoras y servidores públicos, de los cuales tres mil 424 (7.3 por ciento) estaban adscritos a la SCJN, mil 443 (3.1 por ciento) al Tribunal Electoral y 42 mil 2563 (89.6 por ciento) al Consejo de la Judicatura Federal.

Del personal adscrito al CJF mil 437son jueces y magistrados, de los cuales 735 eran de Tribunales Colegiados de Circuito, 95 magistrados de Tribunales Unitarios de Circuito, 441 a jueces de distrito del Sistema Tradicional y 166 a jueces de distrito especializados en el Sistema Penal Acusatorio.

En el periodo analizado por el INEGI, el Poder Judicial de la Federación recibió tres mil 805 quejas y/o denuncias derivadas del incumplimiento de las obligaciones de los servidores públicos, tres mil 602 en el Consejo de la Judicatura, lo que significa que hay proporcionalmente dos quejas por cada juez.

En un año, el Poder Judicial de la Federación recibió 47 mil 349 solicitudes de información y respondió 46 mil 896, la mayoría de ellas fue en materia de acceso a la información pública: 99 8 por ciento.

En cuanto a posible corrupción, en un año se iniciaron 145 investigaciones por la presunta responsabilidad de faltas administrativas cometidas por los servidores públicos en el Poder Judicial de la Federación, de ellas 58 se registraron en la SCJN, 84 en el TEPJF y únicamente tres en el CJF, Además, se iniciaron tres mil 298 procedimientos de responsabilidad administrativa a cuatro mil 637 servidores públicos.

De hecho, el Consejo de la Judicatura tenía en el periodo de análisis del INEGI, cuatro mil 610 casos de Servidores públicos sujetos a procedimientos de responsabilidad,

Paralelamente, 341 servidores públicos fueron sancionados por su responsabilidad en comisión de faltas administrativas: 25 en la SCJN, 7 en el TEPJF y 309 en el CJF.
Del total de sanciones impuestas 277 correspondieron a faltas no graves y 95 a faltas graves En lo que respecta a servidores públicos la mayoría fueron castigados por omisión en la declaración patrimonial.

Dentro de las sanciones mayores, 46 servidores públicos del Poder Judicial fueron sancionados por abuso de funciones y 40 por otras razones. Concretamente hubo 23 inhabilitaciones. nueve suspensiones y solo tres destituciones.

¿Cuántas empresas se amparan?

Espero que esta numeralia sirva al lector para darse una idea de cómo opera el Poder Judicial. Personalmente creo que existe un abuso de los amparos (sobre todo interpuestos por empresas y hasta por narcotraficantes y personas sujetos a procedimientos jurídicos) y que la filosofía de esta herramienta se ha desviado.

Lamentablemente se necesita una investigación más a fondo para encontrar cuantos de los amparos en México se han presentado por parte de empresas y no de ciudadanos, y cuántas por sujetos procesados y hasta cuántas por narcotraficantes o presos.

Dice el filósofo del metro: amparo significa protección o defensa, no favorecimiento de intereses.

filosofodelmetro@yahoo.com.mx

Al Momento
Puebl@Media
Roberto Fuentes Vivar
Ciudad de México / Puebla
Martes 23 de marzo de 2021.

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